Cinco correos enviados a nuestra asociación, por pensionados colombianos residentes en Suiza, nos llevan a publicar esta reflexión
OTRO OBSTÁCULO MÁS PARA EL PENSIONADO COLOMBIANO RESIDENTE EN SUIZA
El pensionado Colombiano residente en Suiza creía haber volteado la página de la serie de obstáculos que vivía al reclamar ante el Seguro Social su derecho adquirido.
El único Consulado existente en Suiza -Berna- les quiere aplicar la NORMATIVIDAD que se aplica en Colombia o en algunos consulados de países donde hay varios consulados: «LA SOLICITUD DEL CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA DEBE HACERSE MEDIANTE PRESENTACION PERSONAL ANTE EL CONSULADO EN BERNA».
Esta SUPERVIVENCIA para el pago de su mesada debe ser enviada oportunamente a la entidad financiera privada, el correo a Colombia demora en condiciones normales -sin erupciones de volcanes ni condiciones meteorológicas- mas de 20 días. Para obtener este CERTIFICADO hoy en día el pensionado debe incurrir en gastos de transporte, que en la mayoría de los casos se le duplica ya que por su edad requiere de un acompañante y el almuerzo, un poco más dependiendo del turno que le toque pues a pesar de que ya no se le aplica la nueva REGLAMENTACION «PARA TODO TRAMITE DE UN SERVICIO CONSULAR SE DEBE SOLICITAR CITA PREVIA» debe someterse a disposición del tiempo por parte del funcionario consular -Es lógico que se debe atender primero a los que tienen cita-. Para obtener este CERTIFICADO el pensionado puede llegar a agotar la mesada de un mes, porque para muchos no sobrepasa el salario mínimo en Colombia y sí lo convierten a francos con esa suma no podrán ni cubrir la NORMATIVIDAD.
La Jurisprudencia Colombiana en muchos casos toma la TRADICIÓN como NORMA. En este caso lo que se aplicaba desde hace años en el Consulado Colombiano por todos los funcionarios que han ocupado el cargo de Cónsul consistía: «En que mediante simple llamada telefónica se le enviara el CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA eso sí enviando previamente el sobre de correo debidamente porteado» -En la aplicación de esta TRADICIÓN nunca se presentaron situaciones graves e ilícitas-. ¿POR QUÉ NO SE SIGUE APLICANDO? O será que nos queremos volver más papista que el Papa?
No se entiende por qué siendo Ginebra la sede de todos los organismos internacionales y la residencia de una gran mayoría de colombianos no exista un Consulado, tampoco por qué se suspendió el desplazamiento -hasta dos veces por mes en años anteriores- que hacia la persona representante del consulado de turno para ejercer las gestiones del Consulado Móvil. Es cierto que ahora lo hacen unas pocas veces en el año pero cuando se avisa la fecha ya tienen la agenda copada imposibilitando al pensionado hacer el trámite de la SUPERVIVENCIA. Así como la Registraduría autoriza a la Misión de Colombia ante las Naciones Unidas hacer la inscripción de cédulas y utilizar sus instalaciones para ejercer el derecho al sufragio en épocas electorales; se debería autorizar también, por la entidad de gobierno que corresponda, que el pensionado pueda solicitar su SUPERVIVENCIA sin tener que desplazarse a Berna.
Para los funcionarios del Estado colombiano el pensionado siempre ha sido un elemento de tercera, sin tener en cuenta que ellos también van a llegar a hacer parte de ese EXCELENTE CLUB o ¿cambiarán la NORMATIVIDAD de acuerdo a las circunstancias que se les presente?
HOY EN DÍA VARIAS INSTITUCIONES FINANCIERAS EN COLOMBIA NO EXIGEN LA SUPERVIVENCIA NOTARIAL SINO LA PRESENTACIÓN PERSONAL ANTE SU FUNCIONARIO. IGUALMENTE ALGUNOS CONSULADOS ACEPTAN PRESENTACIÓN MEDIANTE WEBCAM. «¿ACASO AQUÍ NO SE ESTÁ INFRINGIENDO LA NORMATIVIDAD?»
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